Normativa7 min de lectura15 de diciembre de 2024

SES Hospedajes: guía para propietarios de alquiler vacacional

Desde el 2 de diciembre de 2024, todos los propietarios de alquiler vacacional en España están obligados a enviar los datos de sus huéspedes al Ministerio del Interior a través de SES Hospedajes. Te explicamos todo lo que necesitas saber.

Desde el 2 de diciembre de 2024, el Real Decreto 933/2021 es de obligado cumplimiento para todos los propietarios de alojamientos turísticos en España. La plataforma SES Hospedajes, del Ministerio del Interior, centraliza ahora el registro de todos los viajeros en territorio español. Si tienes un apartamento en Airbnb, Booking.com o cualquier otra plataforma, esto te afecta directamente.

¿Qué es SES Hospedajes?

SES Hospedajes es la plataforma digital del Ministerio del Interior para el registro de viajeros en establecimientos de hospedaje. Sustituyó definitivamente el 2 de diciembre de 2024 a los sistemas anteriores: WebPol (Policía Nacional) y Hospederías (Guardia Civil). Centraliza en un único punto toda la comunicación de datos de viajeros para alojamientos turísticos, hostales, hoteles, apartamentos y viviendas de uso turístico.

Está regulada por el Real Decreto 933/2021, de 26 de octubre, aprobado bajo el gobierno de Pedro Sánchez como parte de las medidas de seguridad ciudadana. Su objetivo principal es facilitar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado el acceso a los datos de personas que se alojan en establecimientos turísticos.

¿A quién obliga el Real Decreto 933/2021?

La normativa obliga a todos los establecimientos de hospedaje que proporcionen alojamiento temporal a personas mediante contraprestación económica. Esto incluye:

Es decir: si cobras por alojar a alguien en tu propiedad, aunque sea una sola noche y a través de una plataforma, estás obligado a comunicar sus datos al Ministerio.

¿Qué datos hay que comunicar al Ministerio Interior?

Los datos obligatorios que debes recoger de cada viajero y comunicar al SES Hospedajes son:

Para viajeros menores de 14 años, la comunicación del documento no es obligatoria si van acompañados de un adulto. Para menores de entre 14 y 17 años, el documento sí es obligatorio junto con el parentesco con el adulto acompañante.

¿Cuándo hay que enviar el parte de viajeros?

El plazo legal es de 24 horas desde el momento del check-in del viajero. No al final de la estancia, no el día siguiente por la tarde: en las 24 horas siguientes a la llegada del huésped. Si el huésped llega un sábado a las 22:00, tienes hasta el domingo a las 22:00 para comunicar sus datos al Ministerio.

Si gestionas más de 3-4 propiedades, cumplir este plazo de forma manual para cada reserva es prácticamente imposible sin automatizar el proceso.

Sanciones por no cumplir con el SES Hospedajes

El incumplimiento del Real Decreto 933/2021 está tipificado en la Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana (LOSC). Las sanciones son las siguientes:

Más allá de la multa económica, el incumplimiento puede derivar en la suspensión temporal o pérdida de la licencia de actividad turística, en comunidades autónomas que lo tengan regulado.

Cómo automatizar el envío del parte al Ministerio

La única forma sostenible de cumplir con el SES Hospedajes si tienes más de una propiedad es automatizar el proceso. El flujo manual —entrar a la plataforma del Ministerio, rellenar los datos de cada viajero, adjuntar el documento— puede llevar entre 10 y 20 minutos por huésped. Con reservas frecuentes, ese tiempo se convierte en horas semanales.

Con AutoVivienda, el proceso es completamente automático: el huésped recibe un link de check-in digital por WhatsApp en su propio idioma. Completa sus datos y sube la foto de su documento directamente desde el móvil. En cuanto el huésped envía el formulario, los datos se transmiten automáticamente al Ministerio dentro del plazo legal. Tú recibes confirmación sin haber tocado nada.

¿Quieres automatizar el SES Hospedajes en tu alquiler vacacional?

Ver cómo funciona el check-in automático →

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